DECRETO-LEY 19469/57

 

Autorizando transferir definitivamente a la Municipalidad de La Plata la obra “Monumento al Almirante Brown”, erigida en el paseo del bosque.

 

LA PLATA, 21 de OCTUBRE de 1957.

 

VISTO el expediente 2.402-2.275 de 1955 del Ministerio de Obras Públicas, por el cual la Dirección de Arquitectura da cuenta de la finalización de la obra “Monumento al Almirante Brown”, que fuera erigida en el paseo del bosque en la intersección de las avenidas 6 de Setiembre y P.M. Iraola, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que se trata de un monumento de embellecimiento, ubicado en un paseo público, cuyo cuidado y mantenimiento está a cargo de la Municipalidad.

 

Que respondiendo a un principio de orden administrativo, re­sulta conveniente proceder a la transferencia definitiva de dicho bien en favor de la Municipalidad de La Plata.

 

Por ello, y teniendo en cuenta el informe producido por la Con­taduría de la Provincia y los dictámenes de la Asesoría General de Gobierno y Fiscalía de Estado,

 

EL INTERVENTOR NACIONAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

EN EJERCICIO DEL PODER LEGISLATIVO

DECRETA CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Obras Públicas (Dirección de Arquitectura), a transferir definitivamente a la Municipalidad de La Plata, la obra “Monumento al Almirante Brown”, erigida en el paseo del bosque en la intersección de las avenidas 6 de Setiembre y P. M. Iraola, la que fuera incorporada en la actualiza­ción al 31-12-55, en la cuenta 2-8-6, con el número de identifica­ción provisional 56, por un valor de certificación a la fecha de un millón doscientos setenta y un mil veintiséis pesos con setenta y dos centavos moneda nacional ($ 1.271.026,72 m/n).

 

ARTÍCULO 2.- Oportunamente deberá comunicarse el movimiento de inventario que se produzca, en la forma que lo establece el artículo 8º de la Reglamentación de Inventario Permanente, aprobada por Decreto 11763/53.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por todos los Mi­nistros en Acuerdo General.

 

ARTÍCULO 4.- Previa notificación al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y pase a sus efectos al Ministerio de Obras Públicas (Dirección de Arquitectura).