LEY 9718
FUNDAMENTOS
La garantía de la función jurisdiccional requiere en la actualidad no sólo de la capacitación científica de aquellos que han de administrar justicia sino que también se hace necesaria la más amplia tecnología y el más alto nivel científico de sus disciplinas auxiliares. Es por ello que resultaría anacrónico que la justicia acepte como sus auxiliares a personas cuyos conocimientos son meramente empíricos, en momentos en que en las Universidades Estatales Argentinas así como también en establecimientos privados, oficializados por el Estado, de igual nivel académico, existen cursos para la carrera Calígrafo Público en sus diversas especialidades, con sus respectivos planes de estudio, condiciones de admisibilidad y todas aquellas previsiones que aseguran debidos conocimientos para la obtención del referido título.
Si bien es cierto que la
profesión de Calígrafo se encontraba reglamentada en
Por las razones expuestas el señor Gobernador sanciona la ley adjunta llenando así el vacío legislativo creado en torno a la profesión de Calígrafo Público.