DECRETO-LEY 9830/82


LA PLATA, 18 de JUNIO de 1982.


VISTO lo actuado en el expediente número 2403-7493/81 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE


LEY


ARTICULO 1: Amplíase en diez (10) años el plazo establecido en el artículo 44, inciso 2º de la Ley número 5.708 - General de Expropiaciones-, modificado por Ley 7.297, para las expropiaciones dispuestas a favor del Fisco de la Provincia de Buenos Aires, mediante sentencia judicial recaída en las Causas número 6.410, caratulada "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/. Laguna La Brava s/. Expropiación" que tramitó en el Juzgado Civil y Comercial número 5, Secretaría número 9 de Mar del Plata; número B-43.028, caratulada "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/. María Aurelia Teresita Ginocchio de Allende s/. Expropiación" que tramitó en el Juzgado Civil y Comercial número 10, Secretaría número 8 de La Plata; número E-44.992 y número B-44.561, caratuladas "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/. Magdalena Julia Carlota Bustamante Molina de Paz Anchorena s/. Expropiación" que tramitaron en el Juzgado Civil y Comercial número 7, Secretaría número 15 de La Plata; y número 6017, caratulada "Fisco de la Provincia de Buenos Aires c/. Elvira Negri de Bustamante Molina o Sucesión Bustamante s/. Expropiación", que tramitó en el Juzgado número 1, Secretaría número 2 de Mar del Plata, con relación a las Parcelas 333u, 353a, 333g y 333ab, respectivamente, cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Partido de Balcarce, Circunscripción III, Rural y su inscripción dominial Matrícula número 6.506 (8), Parcela 333u, Matrícula número 10.233 (8), Parcela 353a, Matrícula número 2.529 (8), Parcela 333g; y Matrícula número (en trámite la inscripción del Dominio a favor del Fisco de la Provincia de Buenos Aires por expediente número 5100-3261/81 de Fiscalía de Estado), Parcela 333ab.


ARTICULO 2: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.