FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9658

 

 

La presente Ley ratifica el convenio celebrado entre la Armada Argentina y la Provincia de Buenos Aires, con el fin de implementar la puesta en marcha del Liceo Naval Militar “Capitán de Fragata CARLOS MARÍA MOYANO”, en la ciudad y partido de Necochea, instrumento éste que forma parte de esta Ley como Anexo 1 y que fuera suscripto con fecha 27 de junio del año 1980.

La creación del Liceo Naval Militar significará para la zona del Puerto Quequén y la ciudad de Necochea, para la Provincia y para la Nación, un relevante aporte educativo-cultural, posibilitando la formación de jóvenes que conozcan, comprendan y sientan cariño por todo lo que se relaciona con el mar.

El eficiente nivel de formación de las promociones que estudien en este Instituto, ejercerá su efecto positivo en las diversas actividades productivas de la vida nacional y colaborará con las políticas educativas provinciales, al crear opciones alentadoras para las nuevas generaciones de estudiantes.

Los jóvenes egresados como bachilleres o peritos mercantiles y oficiales de la Reserva Naval, sustentados en una consistente preparación cultural, moral, y física; han de integrarse en el medio regional, con un firme sentimiento de nacionalidad; un claro concepto de sus deberes ciudadanos y un definido criterio de los interés marítimos –del que es pionero esta Provincia- que nutre la conciencia naval.

La creación del Liceo Naval Militar en un área abierta al mar y a las regiones australes, constituirá no sólo un verdadero centro educativo sino, también, un categórico modo de reafirmar la soberanía y generar una apertura fecunda hacia la expansión de las actividades marítimas.