FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9940
Por la presente ley se introducen modificaciones a la Ley 9857, a efectos de incorporar nuevas particularidades tecnológicas al sistema de construcción industrializado, por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.
Con ello se persigue adecuar la variante constructiva elegida según las características del lugar de asentamiento de las viviendas, y la diversidad de los sectores geográficos del territorio bonaerense.
Los aditamentos legales incorporados facilitan la concurrencia de empresas constructoras oferentes, su selección, contratación en base a las disposiciones de las Leyes 6021 y 9064, disminución del gravamen impositivo, en cuanto a la construcción de las viviendas en los sistemas pesados y semipesados, con resguardo del grado de aporte de la mano de obra de los consorcistas, en los casos en que la autoridad de aplicación lo considere necesario.
La finalidad perseguida por la ley, en cuanto a facilitar la participación de la comunidad por el Sistema de organización de consorcios y aportes en dinero se mantiene, como asimismo se adecua su función complementaria respecto al armado y montaje en los sistemas pesados y semipesados, y total respecto del industrializado liviano en los casos de ayuda mutua.