FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9136
Por la presente ley se establece, a partir del día 17 de junio de 1977, la movilidad de los haberes previsionales de los ex-legisladores y ex-agentes del Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires, considerando a tal efecto el sistema de ajustes previsto para el sector de los agentes de la Administración Pública provincial.
La medida adoptada se ajusta a las pautas nacionales determinadas al iniciar el estudio de la materia previsional, evitando de ese modo sistemas especiales que crean privilegios a sectores de la administración en detrimento de otros, con lo que demuestra una vez más la decisión del Gobierno de la Provincia de reorganizar y racionalizar la Administración Pública.