FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8827

 

El fundamento, el origen y el crecimiento de la necesidad del control interno de la gestión económico-financiera de la hacienda pública, reconocida por su trascendencia en la jerarquía de preceptos constitucionales que le confieren independencia funcional, imponen por su naturaleza y por las circunstancias que atraviesa el país, un tratamiento acorde con los objetivos de ordenamiento y reorganización establecidos por el Gobierno de la Provincia.

Simultáneamente, resulta oportuno e ineludible considerar que el crecimiento económico y la complejidad de los problemas que ello trae aparejado, requieren no sólo la utilización de modernas técnicas y principios de control, sino acentuar la independencia de la organización funcional y la jerarquía legal que confieran objetividad, sencillez y seguridad al sistema en su conjunto.

Por las mismas razones y frente al hecho producido en oportunidad de las modificaciones de las últimas leyes de contabilidad, que el orientar con acertado criterio, un tratamiento legal independiente entre principios y procedimientos de ejecución y control, y organismos de aplicación, dejó sin tratamiento legal posterior la consideración de estas últimas, procede neutralizar tal vacío con el cuerpo legal que se propicia.

Por ello, atendiendo a tan importantes consideraciones, se reúnen orgánicamente en la ley sancionada, las disposiciones dispersas en otras normas que se relacionan.