DECRETO-LEY 9638/80
LA PLATA, 10 de DICIEMBRE de 1980.
VISTO lo actuado en el expediente número 2600-108.290/73 y el Decreto Nacional número 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la Localidad de Gregorio Laferrere, Partido de La Matanza, designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección G, Manzana 91, Parcela 3, inscripción de dominio 1828 del año 1956 a nombre de Esteban Lagares y Cía. Sociedad en Comandita por Acciones o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.
ARTÍCULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior, será destinado al establecimiento de dependencias educativas.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 1980 - Carácter 1 - Jurisdicción 7- Sección 2 - Ítem 1- Unidad de Organización 1 - Código 4-02-5 - Sector 5 - Partida Principal 8 – Partida Subprincipal 3 - Partida Parcial 2.
ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.