FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8634

 

El Estado nacional ha hecho extensivo mediante el dictado del decreto 1.850/976, al sector público los alcances de las disposiciones sobre incrementos salariales al sector privado autorizados por el decreto nacional 1.848/976.

Es indudable que tal medida nacional requiere su correlato en jurisdicciones provinciales, cuyos servidores públicos deben necesariamente quedar alcanzados por el beneficio otorgado en el orden nacional y en similar porcentual, tanto en lo que hace a las remuneraciones y adicionales, como en lo atinente a las asignaciones familiares previstas en las disposiciones legales de jurisdicción provincial.

En consecuencia y atento a las características institucionales y legales imperantes en el orden provincial, tales beneficios remunerativos deben concretarse mediante la promulgación y sanción del correspondiente instrumento legal.

En tal sentido, y atento a la necesidad de efectivizar a la mayor brevedad tales beneficios considerando que la incidencia de los factores socio-económico afectan por igual a todos los trabajadores y por ende a los del sector público provincial, el mismo ha sido formulado en los términos contenidos en el contexto legal que precede, el que de conformidad con la Resolución 981 emanada del Ministerio del Interior puede dictarse en jurisdicción provincial.