FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9164

 

Por la presente ley se introducen modificaciones a la Ley 8031 –Código de Faltas-.

El citado cuerpo normativo fue sancionado en el año 1973, sintetizándose en el mismo las disposiciones entonces en vigencia.

Dado el tiempo transcurrido, se hace necesario realizar una adecuación de sus normas a los momentos actuales plasmando legislativamente la experiencia recogida durante el tiempo de aplicación de tal normativa.

Así, por la presente ley se suprimen los artículos 73, 76 y 77 y se modifican los artículos 114 y 133, en virtud de encontrarse las contravenciones allí tipificadas específicamente penadas por las leyes nacionales 20.771 y 20.840, referentes a Estupefacientes y Seguridad Nacional, respectivamente.

Con el nuevo texto del artículo 10, se permite el cumplimiento del arresto de los reincidentes en cualquier comisaría o dependencia policial de la Provincia, medida que pretende evitar el hacinamiento de los eventuales infractores en determinadas dependencias.

La modificación de los artículos 25 y 33 obedece a la necesidad de reducir el plazo de prescripción a seis meses a efectos de ajustar las proporciones que existen entre la entidad de las sanciones y el tiempo posible del efectivo cumplimiento, a semejanza de lo previsto en el Código Penal.

Con la reforma del artículo 42 se desea llenar el vacío legislativo existente con relación a la figura de “Tenencia no autorizada de arma de fuego”, contraversión que obliga a recurrir a interpretaciones jurisprudenciales y doctrinarias poco pacíficas en torno a su tratamiento dentro del Código de Faltas.

El nuevo texto del artículo 112 faculta al Juez de Faltas a disponer la libertad provisoria, bajo caución juratoria de los infractores que no registren antecedentes penales o contravencionales, deslindándose asimismo la competencia entre el Juez de Faltas y el Instructor, en la concesión de tal beneficio.

Las modificaciones a los artículos 115, 119, 120, 132 y 138 pretenden dar claridad a las respectivas disposiciones relacionadas con el procedimiento a seguir en el juzgamiento de las diferentes contravenciones.