FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9111

 

La ley que se sanciona regula orgánicamente la disposición final de la basura en los veintidós (22) Partidos que conforman el Área Metropolitana aledaña a la ciudad de Buenos Aires.

Las medidas que hasta el momento se habían adoptado no alcanzaron a tener un carácter integral que permitiera una eficaz acción de limpieza de los núcleos urbanos referidos. Así el decreto número 10.961/61 prohibió los basurales y depósitos de elementos recuperados de la basura en espacios abiertos en la misma zona pero sin disponerse medida alguna sobre cuál sería el sistema de eliminación de tales residuos.

Esta nueva regulación que se establece dispone en forma clara y terminante que el único método de disposición final de la basura admitido es el de su relleno sanitario, en un todo de acuerdo con los estudios técnicos realizados y con la más moderna experiencia mundial en la materia.

Simultáneamente se fija el ente ejecutor de tal servicio público, encomendándose la tarea a “Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad del Estado” (C.E.A.M.S.E.), que en el breve lapso de su existencia ha demostrado acabadamente su capacidad técnica en la materia.

La coordinación de las tareas de limpieza urbana, y en especial la disposición final de la basura, con el programa de establecimiento de un Sistema Regional de Parques Recreativos convenido con la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires mediante los convenios suscriptos el 7 de enero y el 6 de mayo de 1977, aprobados respectivamente por las leyes 8782 y 8981, resulta imprescindible para proceder a la recuperación de tierras bajas y anegadizas por el sistema de relleno sanitario para la implantación de tales parques.

Paralelamente el Gobierno Provincial persigue la concreción de una intensa acción de saneamiento de los basurales existentes en los Partidos involucrados, previéndose también la represión de la recuperación manual de basura y el denominado “cirujeo”.

Merece destacarse la caótica situación hasta ahora existente en los municipios comprendidos por la ley, donde se habían establecido los más diversos sistemas de disposición de basura, aún contra la prohibición de la formación de depósitos de basura ya existentes.

Las exigencias actuales del conglomerado urbano metropolitano obligan a la adopción de estas medidas de gobierno que permiten superar las dificultades de coordinación entre los veintidós (22) municipios, adoptándose una política integral en la materia, acorde con el objetivo de preservar el bienestar general de la población.