FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9437
La presente ley incorpora un
artículo nuevo a
La mencionada incorporación tiene por objeto permitir la baja definitiva de los archivos respectivos de la documentación perteneciente a agentes fallecidos o que hayan cesado en sus funciones cuando transcurrieren doce años de alguna de las circunstancias apuntadas.
La medida que esta ley faculta a realizar, tiene como fundamento la carencia de espacio suficiente para conservar en debido estado la documentación acumulada, adoptándose el procedimiento de la incineración, en virtud del carácter confidencial y privado que posee la documentación correspondiente.
La presente ley, debido a su carácter facultativo, permite –cuando así se estime necesario- la conservación de la documentación respectiva, aun la que se encuentra comprendida las que motivaron la medida que se adopta.