FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9586
La presente Ley modifica el artículo 2 de la Ley Número 8986, norma que en su oportunidad fijó nuevo destino como causa expropiatoria para un inmueble ubicado en el Partido de Zárate.
La misma norma disponía por su artículo 2 la donación de tal predio al Obispado de San Nicolás de los Arroyos.
La creación del Obispado de Zárate-Campana y la delimitación de esa Diócesis genera la necesidad de modificar la norma aludida en el único sentido de dejar establecido que la donación dispuesta es a favor del Obispado mencionado en último término.
Esto permitirá la definitiva traslación del bien y el cumplimiento del nuevo destino, Capilla Religiosa e instalaciones complementarias.