FUNDAMENTOS
DE LA LEY 9750
La presente Ley declara ciudad a la localidad de San Francisco Solano, del partido de Quilmes.
La caracterización que se reconoce para dicho centro urbano obedece a que el mismo reúne con holgura los rasgos que definen a la ciudad.
San Francisco Solano fue creado el 12 de octubre de 1949. En el breve lapso transcurrido desde entonces, ha alcanzado un desarrollo singular que lo muestra como una comunidad importante, laboriosa y pujante, con clara conciencia de su entidad.
Dan cuenta de la envergadura alcanzada por dicha población diversos datos por demás ilustrativos. Está compuesta por 350.000 habitantes, según información aportada por el Censo Nacional de 1980. Cuenta con más de treinta instituciones de bien público y servicios comunitarios. Tiene una significativa infraestructura educacional integrada por treinta y un establecimientos con más de 18.000 alumnos. Va desde los jardines de infantes hasta un Instituto Superior de Profesorado, incluyendo escuelas primarias, colegios secundarios, centro de Educación para adultos y escuelas de enseñanza diferenciada. Además, existen dos bibliotecas públicas y salas para la realización de actos culturales.
La zona posee lugares para la recreación, cine y salones aptos para espectáculos teatrales. También hay clubes con equipamiento adecuado para la práctica del deporte.
San Francisco Solano cuenta con el asentamiento de una considerable red industrial y comercial. Posee una amplia y variada gama de establecimientos industriales que, en un número mayor de cincuenta, cumplen actividades en rubros diversos. En materia comercial, se desenvuelve un intenso movimiento a través de más de dos mil negocios. Existen cuatro casas bancarias.
Asimismo, la localidad posee una extensa infraestructura de servicios y obras públicas. El servicio eléctrico abarca toda su extensión y la red de aguas corrientes llega a casi todos sus sitios. Las cañerías de distribución de gas natural se encuentran en proceso de instalación y cubren gran parte del centro comercial, está servida por numerosos medios de transportes que vinculan los distintos sectores que la componen, con las zonas aledañas y aún con la Capital Federal.
En el lugar tienen su asiento servicios policiales, de bomberos, de correos y telefónicos.
Cuenta con más de 1300 cuadras pavimentadas y con sus correspondientes desagües pluviales.
En materia de servicios de salud, cabe señalar que dispone de nueve clínicas y un Centro Asistencial. Ejercen su actividad más de ochenta profesionales médicos, odontólogos y bioquímicos.
Existen treinta farmacias.
En definitiva, los parámetros precedentes ponen de resalto una localización de población, establecimientos, obras urbanas, servicios públicos y actividades sociales, culturales y económicas de relevancia que fundamentan sobradamente el reconocimiento de San Francisco Solano como ciudad, tal como lo resuelve la presente ley.