FUNDAMENTOS DE LA

 

LEY 9058

 

 

Por Ley 8285 se donó a la Municipalidad de Quilmes una fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad cabecera del Partido, con destino a la construcción del edificio del Departamento de Instalaciones externas e internas, de un pozo de agua y una cisterna de reserva y tanque elevado.

Sancionada dicha ley, la Municipalidad contrató con Obras Sanitarias de la Nación la provisión de agua potable mediante una interconexión haciendo innecesaria la construcción de pozo y cisterna.

Ante esta circunstancia, las autoridades comunales gestionaron el cambio de destino y la fijación de un nuevo plazo de cumplimiento, argumentando para ello, la necesidad de instalar en el inmueble otras dependencias municipales.

Por los motivos expuestos, y con la finalidad de ampliar las posibilidades de utilización del inmueble por parte de la donataria, el Gobierno Bonaerense procede a sancionar la ley adjunta.