FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9862
La ley adjunta, dispone por vía
de excepción a las previsiones contenidas en la Ley 8912, autorizar a la Municipalidad de
Morón a aprobar los planos de ampliación del edificio de la calle Cabildo
Número 134 de la ciudad del mismo nombre, perteneciente a la Universidad de dicho
Partido.
La ampliación tiende a completar
el edificio central existente con el objeto de incorporar un área específica
para los decanatos y una nueva circulación interna destinada al personal interno
y administrativo.
Del análisis del proyecto de
ampliación del edificio surge que el mismo excede los valores urbanísticos establecidos
por la Ley 8912
de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo, ya que según consta en el informe confeccionado
al respecto existe imposibilidad física de dar cumplimiento a los indicadores
de ocupación del suelo F.O.S. y F.O.T., dado que el terreno disponible supera
los valores topes posibles de alcanzar y la posible conexión de parcelas
linderas resulta de difícil materialización, teniendo en cuenta la superficie
que se requiere en más para la cumplimentación de los ya citados indicadores
frente al carácter, estado y cantidad de propietarios de la edificación existente.
Sin embargo es necesario destacar
que los planos del total de la construcción, cuya última etapa se presenta
ahora, corresponden a una programación analizada por la Universidad de Morón
mucho antes de la vigencia de la
Ley Número 8912.
Por último debe señalarse que la Municipalidad de Morón
tiene en estudio de prefactibilidad la creación de
un espacio verde de uso público, formando un conjunto con el edificio de la Universidad con el
objeto de resolver graves problemas de tránsito y estacionamiento que se
agudizan en función del tiempo, lo que hará que los valores de los índices
urbanísticos del proyecto presentado, en forma indirecta queden cumplimentados
generosamente.
Es por ello que visto la
dificultad de resolución física del proyecto dentro del marco normativo vigente
y con el ánimo de brindar una respuesta técnica acorde con los objetivos y
principios de la Ley Número
8912, tendiendo a mantener un equilibrio entre espacios abiertos y edificados,
así como a incrementar los sectores de esparcimiento de uso público, se
sanciona la ley adjunta que autoriza la aprobación de los planos en cuestión
por parte de la
Municipalidad de Morón, estableciéndose asimismo que la Institución recurrente
deberá donar a la
Municipalidad, a modo de compensación urbanística, un predio
equivalente en superficie, ubicación y valor al que se necesitaría anexar para
que el edificio cumpla con los indicadores urbanísticos de la zona, el cual
será destinado a espacio verde de libre uso público.