DECRETO-LEY 9328/79

 

LA PLATA, 22 de MAYO de 1979.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2125-3279/77 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartado 4.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.-Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la Ciudad de General Villegas, Partido del mismo nombre, nomenclado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 73, Parcela 4 y según título como: Manzana 59, Lote 12 e inscripto su dominio bajo el número 711, Folio 97, Tomo 1, del año 1904, del Registro del citado Partido , propiedad de GERMAN AGELON Y BALDOMERO PEREZ, respectivamente, o de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio.

 

ARTÍCULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior será destinado a la concreción de un plan de catorce (14) viviendas económicas a cargo de la Municipalidad de General Villegas.

 

ARTÍCULO 3.-  El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será atendido con cargo al Presupuesto de Gastos de la Municipalidad de General Villegas.

 

ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.