FUNDAMENTOS

DE LA LEY 9330

 

La ley adjunta dispone la permuta de una fracción de tierra fiscal afectada a plaza, por otra de propiedad de la Municipalidad de Morón.

La citada Comuna gestionó la transferencia de la fracción propiedad de la Provincia, a efectos de utilizarla –conjuntamente con terrenos linderos de su propiedad-, en la construcción de un obrador municipal y distintas secciones de mantenimiento del parque automotor y equipos viales.

Teniendo en cuenta el similar valor y funcionalidad de los terrenos que se permutan, como asimismo el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 8912 –Ordenamiento territorial y Uso del Suelo-, el Gobierno Provincial procede a sancionar la ley que se acompaña.