DECRETO-LEY 7313/67

 

Declarando a la Provincia adherida al régimen de la Ley Nacional Nº 16657

 

LA PLATA, 26 de SEPTIEMBRE de 1967.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto Nº 6562/67, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9° del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase a la Provincia de Buenos Aires adherida al régimen de la Ley Nacional Nº 16657.

 

ARTICULO 2.- Dicha adhesión se extenderá hasta el 31 de Diciembre de 1967.

 

ARTICULO 3.- El incumplimiento por parte del Estado Nacional de las condiciones previstas en la Ley Nacional Nº 16.657 y de las obligaciones emergentes de la Coparticipación Federal, hará cesar los efectos de la presente Ley.

 

ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.