FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8645

 

El Estado Nacional, Ministerio  de Obras y Servicios Públicos (Subsecretaría de Comunicaciones), obtuvo por ley 7.870 la donación de una fracción de tierra fiscal ubicada en la ciudad de General Juan Madariaga, jurisdicción del partido del mismo nombre.

La donación de la referida fracción se realizó a fin de que dicho organismo pudiera construir en la misma, el edificio destinado al servicio de Correos y Telecomunicaciones de la citada ciudad.

En el artículo 3º, ley tratada, se estableció la obligatoriedad por parte de la adjudicataria de ejecutar la obra en el plazo de cinco (5) años a contar de la fecha de su sanción. A tres años de su promulgación, la empresa se presenta haciendo saber la imposibilidad de cumplir tal requisito dentro del término en razón de las normas de austeridad y economía vigentes y solicitando se deje sin efecto dicho artículo.

Ante tal circunstancia, se considera procedente ampliar el plazo estipulado en la aludida norma legal posibilitando de esta manera la concreción de la obra mencionada, de indudable interés público.