FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9819

 

 

El "Ente Construcción Teatro Argentino de La Plata, Sociedad del Estado" (E.C.T.A.S.E.) creado por el Decreto  ­552/78 en virtud de autorización dispuesta por Ley 8930 tenía como finalidad primordial recabar los anteproyectos necesa­rios, proyectar, contratar, construir, y habilitar por sí o ­por terceros un complejo cultural que involucrara prioritariamente al Teatro Argentino de La Plata. A tal efecto se esta­bleció un plazo máximo de cinco años de duración desde su constitución, cercano ya a su finiquito.

En el lapso transcurrido, se han cumplimentado obras de importancia.

En la actualidad, sin embargo, las obras encaradas pueden continuarse perfectamente por intermedio de la Administración General y sus Organismos correspondientes.

Por ello y en consonancia con la etapa histórica que vive el país, razones de máxima economía fundamentan la ­supresión de entidades especiales, como la presente, sin deterioro de los fines perseguidos.

Habida cuenta entonces, de los logros obtenidos por la Sociedad del Estado que ahora se disuelve queda a cargo de la Administración General de la Provincia todo lo concernien­te a la construcción de la obra del nuevo Teatro Argentino.