FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9206
Por la ley adjunta y de acuerdo con lo establecido por la resolución número 2224/78 del Ministerio del Interior, se sustituye el artículo 2 de la Ley 8808, norma por la cual se dispuso la incorporación del Personal del Mercado General de Hacienda de Avellaneda al régimen de la Ley 8721 –Estatuto del Empleado Público-.
La reforma tiene por objeto clarificar los alcances del mencionado artículo 2, estableciendo expresamente en su texto el derecho de opción que corresponde al personal del citado Mercado para acogerse a los beneficios jubilatorios del régimen nacional al que hubiere aportado, o bien al del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.