FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9150
La presente ley otorga en donación a la Institución Nacional del Scoutismo Argentino-Agrupación Scout “Martín Coronado”, un lote de tierra fiscal ubicado en la localidad de Martín Coronado, Partido de Tres de Febrero.
La fracción mencionada, nomenclada catastralmente como. Circunscripción IV, Sección L, Manzana 115, Parcela 1, constituye una reserva de uso público, sin cargo específico, la que por imperio de la Ley 3487, es de propiedad de la Provincia y cuyo dominio se encuentra inscripto al folio 1322/68 del Registro de dicho Partido.
La entidad requiere el predio, con el fin de destinarlo a la construcción de las instalaciones necesarias para las prácticas docentes, sociales, deportivas y recreativas de la misma.
Atento la finalidad que cumple y evaluando las razones invocadas, que presuponen beneficios para la comunidad, el Estado Provincial procede al dictado de esta norma, accediendo a lo solicitado.