DECRETO-LEY 10080/83
LA PLATA, 28 de OCTUBRE de 1983.
VISTO lo actuado en el expediente número 2403-15.182/83 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y
ARTICULO 1.- Amp1íase la vigencia del procedimiento de Adhesiones Municipales establecido en el Capítulo III de la Ley 10.004 y consecuentemente autorízase a las Municipalidades comprendidas en el Plan Provincial para Obras de Gas, a disponer mediante Ordenanzas dictadas al efecto, la prórroga del cierre de los respectivos Registros de Adhesiones hasta el día 30 de Noviembre de mil novecientos ochenta y tres.
ARTICULO 2.- Autorízase a las Municipalidades que hayan dispuesto el cierre de los Registros de Adhesiones con anterioridad a la sanción de la presente Ley, a disponer mediante Ordenanza especial la reapertura de los mismos hasta la fecha indicada en el artículo 1º.
ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.