FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9163
Por la presente se modifica el Código de Faltas en lo relativo a la pena de arresto a aplicar a los infractores que transiten o se presenten en lugares accesibles al público en estado de ebriedad o se embriaguen en lugar público o abierto al público. La embriaguez, por constituir una verdadera lacra social que se debe sanear para bien de la comunidad toda y evitar así la repetición de hechos de mayor gravedad que corresponde prevenir, ante el potencial peligro que engendran tales individuos, justifica la reforma sancionada.