FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9315
La presente ley, ratifica el
convenio celebrado entre la
Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires,
mediante el cual se establece el punto de enlace del distribuidor de tránsito
de la Autopista
Perito Moreno y el Acceso Oeste de la Capital Federal,
la ejecución del mismo por parte de la Comuna Metropolitana,
la declaración de utilidad pública de los inmuebles afectados en el sector de la Provincia y que los
gastos que demande la expropiación de éstos estarán a cargo de la última.
Al concretar la obra de la Autopista de referencia,
“que cruza el territorio de la Capital de la República”, el Superior
Gobierno Provincial emprende los necesarios trabajos de infraestructura a fin
de receptar en su jurisdicción el denso tránsito vehicular que se desplaza por
aquella arteria, en la inteligencia que los mismos redundarán en un apreciable
beneficio para su vasta zona de influencia.
Habida cuenta de lo expuesto se
sanciona el texto legal que se acompaña, procediendo a ratificar el respectivo
convenio de conformidad con lo normado en los artículos 107 de la Constitución Nacional,
90, inciso 9 y 132, inciso 10 de la Constitución de la Provincia.