FUNDAMENTOS DE LA

 

LEY 9315

 

 

La presente ley, ratifica el convenio celebrado entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, mediante el cual se establece el punto de enlace del distribuidor de tránsito de la Autopista Perito Moreno y el Acceso Oeste de la Capital Federal, la ejecución del mismo por parte de la Comuna Metropolitana, la declaración de utilidad pública de los inmuebles afectados en el sector de la Provincia y que los gastos que demande la expropiación de éstos estarán a cargo de la última.

Al concretar la obra de la Autopista de referencia, “que  cruza el territorio de la Capital de la República”, el Superior Gobierno Provincial emprende los necesarios trabajos de infraestructura a fin de receptar en su jurisdicción el denso tránsito vehicular que se desplaza por aquella arteria, en la inteligencia que los mismos redundarán en un apreciable beneficio para su vasta zona de influencia.

Habida cuenta de lo expuesto se sanciona el texto legal que se acompaña, procediendo a ratificar el respectivo convenio de conformidad con lo normado en los artículos 107 de la Constitución Nacional, 90, inciso 9 y 132, inciso 10 de la Constitución de la Provincia.