DECRETO-LEY 8051/73
Adhiriéndose la Provincia de Buenos Aires a los términos de la Ley Nacional 20208.
LA PLATA, 3 de MAYO de 1973.
VISTA la autorización del Gobierno Nacional, concedida por Decreto Nº 717/71, artículo 1º, apartado 4.4.3. y las políticas nacionales números 126 y 127, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia de Buenos Aires a los términos de la Ley Nacional Nº 20208, que declara de interés recíproco los servicios de telecomunicaciones que presta la Red Radioeléctrica de la Presidencia de la Nación y Gobernaciones de Provincias.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.