DECRETO-LEY 9470/79

 

LA PLATA, 13 de DICIEMBRE de 1979.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2300-12168/79 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartados 4.3. y 4.4. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco de la Provincia de Buenos Aires a aceptar la donación ofrecida por la Municipalidad de Saladillo, de una fracción de tierra ubicada en la Ciudad de Saladillo, jurisdicción del Partido del mismo nombre, nomenclada catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 56, Parcela 5a, que se encuentra en trámite de escrituración a favor de esa comuna.

 

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Banco de la Provincia de Buenos Aires a donar a la Municipalidad de Saladillo la fracción de tierra, con todo lo plantado y adherido al suelo, ubicada en la Ciudad de Saladillo, jurisdicción del Partido del mismo nombre, nomenclada catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 36, Parcela 18, de propiedad de la mencionada Institución Bancaria según inscripción número 85308, Folio 1128, Serie C, del año 1912 del Registro del citado Partido.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.