FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8981

 

Mediante Convenio de fecha 7 de enero de 1977 –ratificado por Ley 8782- la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia de Buenos Aires resolvieron instrumentar y concretar una política regional común a ambas jurisdicciones para la creación de un sistema regional de parques recreativos a escala metropolitana, a implantarse preferentemente en tierras bajas o inundables recuperadas a través del relleno sanitario.

Los celebrantes acordaron asimismo la creación de una empresa, dentro del marco de la Ley 20.705 cuyo objetivo sería encargarse de las acciones necesarias para el funcionamiento del sistema.

El seis de mayo de 1977 las partes celebraron un Convenio Ampliatorio de aquél en el cual precisaron aspectos no contemplados en el primero, requiriéndose la correspondiente aprobación legislativa tal como lo exigen los artículos 90, inciso 9) y 132 inciso 10) de la Constitución Provincial.