FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8736
Por la presente ley, se condonan las deudas provenientes de obligaciones
incumplidas con el Fisco de
Esta medida armoniza con los propósitos fijados por
Por otra parte es dable destacar que se trata de situaciones que no pueden integrarse al sistema de procesamiento, lo que significa una rémora y la imposibilidad de racionalizar y estandarizar los procedimientos.
La actualización de las cuentas corrientes significa un valor altamente positivo para contribuyentes, profesionales y gestores, la que se ve enervada por la existencia de documentación atrasada, vinculada a un sistema inorgánico y referida a créditos de escaso interés fiscal.
Además se condonan las deudas por Impuesto Inmobiliario Adicional y sus accesorios, que fuera suprimido a partir del año 1974, y que a pesar de ello mantiene la necesidad de su verificación, no obstante su ya escasa significación económica por lo que su control representa una erogación superior al crédito a percibir.
Finalmente, es de hacer notar que se incluye la posibilidad de que los Apoderados Fiscales realicen las gestiones necesarias a efectos de percibir los honorarios que pudieren corresponderles por el trabajo profesional realizado.