FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9316

 

La presente ley declara de utilidad pública y sujetos a expropiación, dos inmuebles ubicados en la ciudad de Mercedes, Partido del mismo nombre, con destino a la construcción de la futura sede de las dependencias del Departamento Judicial cuya cabecera es la citada ciudad.

Los distintos juzgados y organismos judiciales de referencia, se encuentra en la actualidad funcionando en diferentes predios, los cuales no reúnen las condiciones mínimas indispensables para el normal funcionamiento de la administración de justicia.

Por lo expuesto y teniendo en cuenta que los bienes que se afectan, debido a su ubicación, reúnen una serie de condiciones que los hacen ideales para el destino mencionado, el Estado Provincial procede a sancionar la presente ley.