DECRET0-LEY 8052/73

 

Declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de tierra, ubicada en la localidad de Daniel Cerri, Partido de Bahía Blanca.

 

LA PLATA, 3 de MAYO de 1973.

 

VISTA la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decre­to 717/71, artículo 1º, apartado 5.2., y la política nacional Nº 50, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de tierra de propiedad del señor Guillermo Silvani, ubicada en la localidad de Daniel Cerri, Partido de Bahía Blanca, designada según título como Fracciones A-B-C y D de la Manzana 74 y según catastro como Circunscripción XIII, Sección L, Manzana 43, Parcelas 1, 2a, 3a., 3b., 3c., 3d., 3e., 3f., 3g., 4a., 4b. y 4c., con destino a la cons­trucción del barrio obrero de dicha localidad.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 1973, Carácter 1, Jurisdicción 5, U. de Organización 4, Ítem 12, Finalidad 1, Función 8, Programa 1, Sección 2, Sector 5, Principal 3, Parcial 9.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.