FUNDAMENTOS DE LA
LEY 9818
Por la presente ley se introduce una modificación en el artículo 1 de la Ley 9747.
La reforma consiste en la mención en el último párrafo del artículo de referencias, que los coeficientes de actualización, sobre la valuación de los inmuebles afectados al régimen de Bien de Familia, serán determinados de conformidad con lo establecido en la Ley 8711, sistema que se reputa más adecuado que el previsto en la norma ahora reformada.