FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9962

 

Por la presente Ley se aprueba el convenio suscripto con fecha 18 de abril de 1983, entre el Gobierno Provincial y la Asociación de Curtidores de la Provincia de Buenos Aires, a la vez que se fija nuevo destino con el carácter de utilidad pública como causa expropiatoria para el inmueble fiscal que la Provincia, en virtud de dicho instrumento, otorga en tenencia precaria a la citada entidad por el término de cincuenta (50) años.

La vigencia del referido convenio posibilitará dar solución a los graves inconvenientes que plantea la colección, el tratamiento y evacuación de los líquidos residuales de establecimientos de ese ramo industrial ubicados en los partidos de Avellaneda, Lanús y Lomas de Zamora, como así también proyectar y construir un sistema independiente de conducción y evacuación de desagües cloacales para una población de 30.000 habitantes ubicados en radio a determinar por Obras Sanitarias de la Provincia.