DECRETO-LEY 9604/80


La Plata, 7 de octubre de 1980.


Visto lo actuado en el expediente 4.083-228/79 y el Decreto Nacional 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE


LEY:


ARTICULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a renunciar en favor de la Municipalidad de Olavarría, al importe que por la venta a ese municipio, de las fracciones de tierras pertenecientes al ex ramal Carlos Beguerie a Loma Negra, de la línea General Belgrano del ex Ferrocarril Provincial de Buenos Aires, ubicadas en jurisdicción del Partido de Olavarría, correspondería percibir a la Provincia en virtud de lo dispuesto en el artículo 6, del convenio suscripto con la Empresa Ferrocarriles Argentinos con fecha 29 de junio de 1978, aprobado por Decreto 1122/78.


ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir la documentación pertinente con las autoridades de la Empresa Ferrocarriles Argentinos, a fin de acordar el pago por parte de la Municipalidad de Olavarría, de sólo el cincuenta (50 %) por ciento del importe del precio que corresponda a la citada Empresa.


ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.