DECRETO-LEY 9604/80
La Plata, 7 de
octubre de 1980.
Visto lo actuado en
el expediente 4.083-228/79 y el Decreto Nacional 877/80, en ejercicio de las
facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.-
Facúltase al Poder Ejecutivo a renunciar en favor de la Municipalidad de
Olavarría, al importe que por la venta a ese municipio, de las fracciones de
tierras pertenecientes al ex ramal Carlos Beguerie a Loma Negra, de la línea
General Belgrano del ex Ferrocarril Provincial de Buenos Aires, ubicadas en
jurisdicción del Partido de Olavarría, correspondería percibir a la Provincia
en virtud de lo dispuesto en el artículo 6, del convenio suscripto con la Empresa
Ferrocarriles Argentinos con fecha 29 de junio de 1978, aprobado por Decreto
1122/78.
ARTICULO 2.-
Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir la documentación pertinente con las
autoridades de la Empresa Ferrocarriles Argentinos, a fin de acordar el pago
por parte de la Municipalidad de Olavarría, de sólo el cincuenta (50 %) por
ciento del importe del precio que corresponda a la citada Empresa.
ARTICULO 3.-
Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y
archívese.