DECRETO-LEY 8787/77

 

Derogando la Ley 8352.

 

LA PLATA, 13 de MAYO de 1977.

 

VISTO lo actuado en el expediente 2.240-44/976 y la autorización otorgada mediante la Instrucción 1/976, artículo 1º, apartado 2.3. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Derógase la Ley 8352.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.