FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9318

 

Por esta norma se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación, un inmueble ubicado en el Partido de La Matanza, designado catastralmente como Circunscripción VI, Sección C, Manzana 33, Parcela 1.

Resulta de imprescindible necesidad contar con el bien de referencia para proceder a la ampliación de las instalaciones de la escuela nº 145 de ese distrito que es lindera al mismo y que se halla ocupado por dependencias del nombrado establecimiento.

Atento a ello y teniendo en cuenta que la educación es un servicio público esencial que debe brindar el Estado, se sanciona la presente ley.