FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8740
La ley 8.686 –Orgánica de
Las mencionadas facultades para ser ejercidas en forma coordinada y sistemática, de modo tal que se transformen en eficaces mecanismos que permitan instrumentar una definida y eficaz política en materia de movimiento de personal, deben integrarse con atribuciones que faculten al señor Jefe de Policía a proceder directamente a disponer la baja del personal citado, cuando se cumplan los requisitos legales que justifiquen la adopción de tal medida.