FUNDAMENTOS DE LA

LEY 8740

 

La ley 8.686 –Orgánica de la Policía de la Provincia de Buenos Aires- incrementó las facultades del señor Jefe de Policía en lo referente al movimiento y ascensos del personal de Cadetes, Suboficiales y Tropa del Agrupamiento Comando, así como el correspondiente a los Agrupamientos Servicios y Civil.

Las mencionadas facultades para ser ejercidas en forma coordinada y sistemática, de modo tal que se transformen en eficaces mecanismos que permitan instrumentar una definida y eficaz política en materia de movimiento de personal, deben integrarse con atribuciones que faculten al señor Jefe de Policía a proceder directamente a disponer la baja del personal citado, cuando se cumplan los requisitos legales que justifiquen la adopción de tal medida.