FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9899

 

En virtud de que la situación coyuntural de desocupación laboral que diera origen a la Ley 9864 de fecha 3 de setiembre de 1982 no se ha modificado sustancialmente, y con el objeto de continuar proporcionando paliativo a los requerimientos emergentes de tal situación, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires sanciona la presente, por la cual se prorroga la vigencia de la citada ley hasta el 31 de marzo de 1983.