FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9253

 

Por Ley 9097, artículo 1, se suspendió la vigencia de varias disposiciones insertas en el Decreto-Ley 19.885/57 –Estatuto del Magisterio- y del artículo 29 de la Ley 5650 –Ley de Educación de la Provincia-, hasta el día 31 de diciembre de 1978.

Consecuentemente se estableció en su artículo 2 la norma a aplicar en caso de cese de algún docente, producido durante el lapso fijado en el artículo 1.

La medida tenía por objeto vigorizar de manera definitiva, la reestructuración integral en el ámbito del Ministerio de Educación.

Resultando tan amplia la tarea a realizar, fundamentalmente en función de la eficacia, sin arbitrariedades y con una acción caracterizada por la firmeza, austeridad y moralidad, esta limitación en el tiempo es exigua y se hace necesario ampliar el mismo para concretar los objetivos prefijados.