FUNDAMENTOS DE LA
LEY 8774
La presente ley deroga la ley
8392 por la cual se dispuso la donación a
Dicho inmueble había sido entregado en posesión, con anterioridad a la sanción de la ley precitada, al Ministerio de Educación por acta de fecha 6 de marzo de 1972, quien lo solicitaba para la construcción del edificio destinado al funcionamiento del Jardín de Infantes nº 1 de esa localidad.
Por tal motivo, pendiente el perfeccionamiento de la donación mediante el otorgamiento del acto notarial respectivo y subsistiendo las necesidades originales referidas al quehacer educacional, se procede a la revocación de la donación, a efectos de destinar el bien a la finalidad que tenía anteriormente.