DECRETO-LEY 8775/77
Derogando la Ley 8680.
LA PLATA, 28 de ABRIL de 1977.
VISTO lo actuado en el expediente número 4.112-14.069/974 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/976, artículo 1º, apartado 2.3. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Derógase la Ley número 8680.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.