DECRETO-LEY 8903/77
LA PLATA, 12 de OCTUBRE de 1977.
VISTO lo actuado en el expediente número 2100-13032/77 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/76, artículo 1, apartados 2.3. y 3.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Modifícase el destino -viviendas individuales para ancianos pobres-, fijado por la Ley 6094 por la que se donó a la Diócesis de Azul fracciones de lotes fiscales en la ciudad de Roque Pérez, partido del mismo nombre, estableciéndose una nueva finalidad: Construcción de edificio para el funcionamiento de una Guardería Infantil.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.