DECRETO-LEY 9570/80
LA PLATA, 4 de AGOSTO de 1980.
VISTO lo actuado en el expediente número 2200-10.081/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la localidad de Labarden, Partido de General Guido, nomenclado catastralmente como: Circunscripción III, Sección A, Manzana 24, Parcela 1a., inscripto su dominio bajo el número 44.994, Folio 42 del año 1928 del Registro del citado Partido, propiedad de Florentino Hermida o de quien o quienes resulten ser sus legítimos titulares de dominio.
ARTÍCULO 2.- El inmueble descripto en el artículo anterior, será destinado al funcionamiento de dependencias de la Policía de la Provincia.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a la siguiente partida: Erogaciones de Capital 1980 - Carácter 1 - Jurisdicción 03 - Unidad de Organización 6 - Ítem 17 - Finalidad 2 - Función 01 - Sección 2 - Sector 5 - Programa 3 - Partida Principal 8 - Partida Subprincipal 3 - Partida Parcial 2.
ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.