LEY 9734
FUNDAMENTOS
Por la presente ley, se concede la explotación del Hipódromo de Chivilcoy al Jockey Club de esa ciudad y la recepción de apuestas en las instalaciones del mismo.
Con la actividad a desarrollar en dicho lugar se logrará el control en materia de doping y servicio veterinario, y aprovechar como fuente de recursos municipales y provinciales los provenientes del beeting y remate que hasta ahora no han sido utilizados, fomentándose asimismo la cría de caballos sangre pura de carrera.
Además, con la explotación de este Hipódromo se posibilita un control en la prevención del juego clandestino como así también se favorece la realización de las llamadas carreras de American Troters, en esa vasta zona de la Provincia de Buenos Aires.