DECRETO-LEY 9184/78

 

LA PLATA, 20 de OCTUBRE de 1978.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2240-520/78 y la au­torización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartados 2.4. y 3.1. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

L E Y

 

ARTÍCULO 1.- Declárase ciudad al pueblo de San Cayetano, cabece­ra del Partido del mismo nombre.

 

ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.