DECRETO-LEY 9184/78
LA PLATA, 20 de OCTUBRE de 1978.
VISTO lo actuado en el expediente número 2240-520/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartados 2.4. y 3.1. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y
ARTÍCULO 1.- Declárase ciudad al pueblo de San Cayetano, cabecera del Partido del mismo nombre.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.