DECRETO – LEY 8877/77
LA PLATA, 19 de SETIEMBRE de 1977.
VISTO lo actuado en el expediente número 2100-6236/75 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/76, artículo 1, apartados 2.3. y 5.2. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Derógase la Ley número 8563, por la que se declaran de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de terreno ubicadas en el barrio denominado “Villa La Perla” de la ciudad de Temperley, Partido de Lomas de Zamora, con destino a plaza pública.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.