FUNDAMENTOS DE LA

LEY 9044

 

Por la presente ley se donan a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Tres Arroyos, fracciones de tierra fiscal ubicadas en el balneario Claromecó, con destino a la instalación de un Destacamento y Colonia de Vacaciones.

Parte de las mencionadas fracciones se encuentran ocupadas por estructuras de material de donde funciona, en forma precaria, el Cuartel “Destacamento Claromecó”, dependiente de la institución beneficiaria.

El continuo crecimiento de la Villa Balneario, hace necesario la realización de construcciones permanentes que permitan un eficiente servicio sobre el que fundamenta la petición la sociedad aludida, siendo avalada tal solicitud por la Municipalidad de Tres Arroyos.

En consecuencia, atento el destino fijado para los inmuebles, como así también la acción efectiva y permanente que en favor de la comunidad desarrolla la entidad, el Estado Provincial accede mediante el dictado de la presente, al requerimiento interpuesto.