DECRETO-LEY 8711/77

 

Coeficientes correctores de valuación general inmobiliaria.

 

LA PLATA, 18 de ENERO de 1977.

 

VISTO lo actuado en el expediente número 2.333-49/76 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/76, artículo 5°, de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a establecer los coeficientes correctores de la valuación general inmobiliaria (Ley 5739) de la siguiente manera:

a)      Para el suelo en plantas urbana y suburbana y para edificación otras mejoras en cualquier planta, de acuerdo a la variación que registra los índices de precios mayoristas a nivel general.

b)      Para el suelo rural y subrural, según la ponderación de valores de mercado y de producción para tierras óptimas, en relación a lo adoptado en la valuación general para suelos de la misma calidad.

 

ARTÍCULO 2.- Derógase el artículo 40 de la Ley Impositiva (T.O. 1976) a partir de la fecha de vigencia de los nuevos coeficientes que el Poder Ejecutivo establezca para cada caso.

 

ARTÍCULO 3.- La presente Ley regirá “ad referendum” del Ministerio del Interior.

 

ARTÍCULO 4.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.