DECRETO-LEY 8606/76

 

Incrementando Partida Principal 5 (Policía de la Provincia de Buenos Aires) hasta la suma de $ 6.000.000

 

LA PLATA, 21 de MAYO de 1976.

 

VISTO lo estatuido por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar en hasta la suma de seis millones de pesos ($ 6.000.000) la Partida Principal 5, Subprincipal 1 de la Ju­risdicción 3: Ministerio de Gobierno, Policía de la Provincia de Buenos Aires, presupuesto para el ejercicio 1976, Ley 8592.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con créditos de cualquier otra partida del Presupuesto General para el ejercicio 1976.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.