DECRETO-LEY 8606/76
Incrementando Partida Principal 5 (Policía de la Provincia de Buenos Aires) hasta la suma de $ 6.000.000
LA PLATA, 21 de MAYO de 1976.
VISTO lo estatuido por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incrementar en hasta la suma de seis millones de pesos ($ 6.000.000) la Partida Principal 5, Subprincipal 1 de la Jurisdicción 3: Ministerio de Gobierno, Policía de la Provincia de Buenos Aires, presupuesto para el ejercicio 1976, Ley 8592.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se atenderá con créditos de cualquier otra partida del Presupuesto General para el ejercicio 1976.
ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.